2.2 - Ministerio de Salud, Nación (2002-2007)
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Item Ley N° 25.649: Especialidades Medicinales. Promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico(Universidad ISALUD, 2002-09-18) González García, GinésResumen: Ley que establece la obligatoriedad de que toda receta o prescripción médica exprese el nombre genérico (denominación común internacional) del medicamento, permitiendo además consignar la marca comercial, con obligación del farmacéutico de sustituir por una especialidad medicinal de menor precio con igual principio activo a pedido del consumidor. Define términos clave (medicamento, principio activo, nombre genérico, especialidad medicinal, especialidad medicinal genérica y de referencia), establece la nulidad de las recetas que no cumplan el requisito, obliga al uso del nombre genérico en envases, rótulos, prospectos y publicidad, encomienda al Ministerio de Salud el control de cumplimiento y campañas de difusión, dispone la elaboración de un vademécum actualizado, promueve la incorporación de la temática en las currículas universitarias y una política de sustitución progresiva de importaciones, e invita a las provincias a adherir. Firmada por Eduardo O. Camaño, Marcelo E. López Arias, Eduardo D. Rollano y Juan C. Oyarzún. Incluye nota indicando que los textos en negrita fueron observados (vetados) en la promulgación parcial. Sancionada: 28-08-2002 / Promulgada parcialmente: 18-09-2002Item Decreto N° 486/2002 - Emergencia Sanitaria Nacional(Universidad ISALUD, 2002-03-13) González García, GinésResumen: Decreto que declara la Emergencia Sanitaria Nacional hasta el 31 de diciembre de 2002 (con sucesivas prórrogas posteriores hasta 2011), con el fin de garantizar el acceso de la población a bienes y servicios básicos de salud en el contexto de la crisis económica de 2001-2002. Establece: atribuciones del Ministerio de Salud para instrumentar políticas de emergencia; creación del Comité Nacional de Crisis del Sector Salud; atribuciones del COFESA para criterios de uso racional de medicamentos e insumos; régimen especial de compras y contrataciones (incluyendo el Fondo Rotatorio de la OPS/OMS); facultades para monitoreo de precios, listados de medicamentos, precios de referencia y prescripción por nombre genérico con sustitución farmacéutica; creación del Programa Nacional de Universalización del Acceso a Medicamentos (con el Subprograma de Seguro de Medicamentos para Jefes de Hogar y el Subprograma de Medicamentos Genéricos para Atención Primaria, financiado por el BID); modificaciones al Fondo Solidario de Redistribución (Leyes 23.660 y 23.661); suspensión de restricciones a colegios profesionales; suspensión de ejecución de sentencias de pago contra agentes del Seguro de Salud; emergencia específica del PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados) con atribuciones especiales para su Interventor Normalizador (renegociación de contratos, relevamiento de deudas, plan estratégico de reforma). Firmado por Eduardo Duhalde (Presidente) y su gabinete, incluyendo a Ginés M. González García como Ministro de Salud. Emisión: 12-03-2002 / Publicación en Boletín Oficial: 13-03-2002Item Ley 25.673: Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable(Universidad ISALUD, 2002-10-30) González García, GinésResumen: Ley Sancionada el 30-10-2002 y promulgada de hecho el 21-11-2002 (Boletín Oficial N° 30.032). Descripción: Ley que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable en el ámbito del Ministerio de Salud, con el objetivo de garantizar a toda la población el acceso gratuito a información, orientación y métodos anticonceptivos, disminuir la mortalidad materno-infantil, prevenir embarazos no intencionales e infecciones de transmisión sexual/VIH, y potenciar la participación de las mujeres en las decisiones sobre su salud sexual y reproductiva. Los métodos anticonceptivos distribuidos por el Programa incluyen preservativos, anticonceptivos orales combinados y de progesterona sola, inyectables, implante subdérmico y DIU; posteriormente, por reglamentación (Res. 755/2006), se incorporaron la ligadura tubaria y la vasectomía a solicitud del/la interesado/a.Item Item