Antes de despenalizar, hay que clasificar las drogas por adictividad y toxicidad

dc.contributor.authorMate, Claudio
dc.date.accessioned2025-08-26T18:30:01Z
dc.date.available2025-08-26T18:30:01Z
dc.date.issued2012-12
dc.description.abstractEn 2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el procesamiento penal de dos jóvenes por tenencia simple de marihuana. Desde entonces se han presentado ocho proyectos legislativos en los que se derogan íntegramente todos los artículos que imponen una sanción penal a la tenencia. La idea generalizada es que esos proyectos “despenalizan la marihuana”. Ambas cosas son falsas. Al derogar los artículos de la ley 23.737 que penalizaban la tenencia simple, todas las drogas son alcanzadas por la supuesta despenalización, ya que nuestra legislación no establece diferencias entre la marihuana y el resto de lo que denomina genéricamente estupefacientes.
dc.identifier.citationMate, C. (2012). Antes de despenalizar, hay que clasificar las drogas por adictividad y toxicidad, 7(35), 36-37.
dc.identifier.issn18500668
dc.identifier.urihttp://rid.isalud.edu.ar/handle/1/1331
dc.language.isoes
dc.publisherUniversidad ISALUD
dc.titleAntes de despenalizar, hay que clasificar las drogas por adictividad y toxicidad
dc.typeArticle

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